La acreditación imposible.

Para empezar el blog, una de insufrible burocracia, en este caso, empresarial, atentos a la jugada.

Se omiten datos por " seguridad".

Correo electrónico real como la vida misma. A ser posible, empezar por el final.


 -----Mensaje original----- De: Enviado el: lunes, 25 de octubre de 2010 13:00 Para: Asunto: RV:  Hay que reparar el horno del s, pero no dejan entrar a nadie sin autorización.  Me dice S que si podemos hablar con el cliente porque tampoco tiene ni idea de cómo va lo de la autorización,  o si los repartidores tendrían problema en traer el horno aquí y repararlo en la delegación.   M -----Mensaje original----- De: Enviado el: lunes, 25 de octubre de 2010 12:57 Para: Asunto: RV: REPARACION EN LA RIOJA URGENTE    Un saludo,     -----Mensaje original----- De: Sing.com] Enviado el: lunes, 25 de octubre de 2010 12:43 Para: Sand CC: Asunto: REPARACION EN LA RIOJA URGENTE  HOLA SANDRA,  MIRA QUE JALEO PARA REPARAR EL HORNO DE LA RIOJA, ESE DE LA , PUES RESULTA QUE NO DEJAN ENTRAR A NADIE  SIN ACREDITACIÓN... Y NO VEAS QUE LIO DE PAPELES...  ES ESTO QUE TE MANDO AQUÍ ARRIBA, Y LA CHICA DE M, LA EMPRESA DE REPARACION, ME HA LLAMADO PARA AVISARME  QUE LLEVABAN MAS DE UNA HORA ESPERANDO PARA QUE LES DIERAN PERMISO O LES SACARAN EL HORNO A FUERA, PARA LLEVARSELO,  Y RES DE RES, QUE DECIMOS AQUÍ, O SEA, NADA, SE HA TENIDO QUE MARCHAR SIN HORNO Y SIN ENTRAR, Y NO SABEN QUE HACER...  TU DIRAS, LES LLAMAS Y LES DICES QUE LO LLEVEN ELLOS AL TALLER, O HABLAS CON EL COMERCIAL,  O PREPARAMOS TODA LA DOCUMENTACION, O QUE HACEMOS???  FIrading.com     -----Mensaje original----- De: Com el: lunes, 25 de octubre de 2010 12:12 Para: fina Asunto: Rv: Re:   Hola Fina  Me envían de la fábrica este e-mail con la documentación necesaria , creo que va a ser mejor que nos envien el horno al taller de e, y cuando esté reparado que se lo vuelvan a llevar, ya que después de 2 horas perdidas, no vale la pena insistir más... si tu dices que es mejor que lo reparemos allí pues preparamos la documentación, lo que tu me digas, pero que nos confirmen la entrada, que allí nadie sabía nada.  Un saludo Maria   --- El lun, 25/10/10, Ete@iacgroup.com   > De: roup.com> > Asunto: Re: > Para: "Comercial  s.l" <1@yahoo.es> > Fecha: lunes, 25 de octubre, 2010 10:05 > > Lo de sacar el horno no depende de mí. Habrá que hablar > con el responsable > del trabajo. > > Yo te adjunto el procedimiento donde se especifica la > documentación que nos > deberéis de aportar. > > Gracias. > > (See attached file: PR SP-06.doc) > > (Embedded image moved to file: pic21991.jpg) > > Elsa Fuente > RR.HH. Servicio Prevención > > > > Tel: 34 9 137 > Fax: 34 9 103 > Móvil: 34 6419 > @iacup.com > > > > Aviso de seguridad: > Este mensaje y sus archivos adjuntos pueden contener > información > confidencial y están dirigidos exclusivamente a su > destinatario. > Le informamos que la legislación vigente prohíbe el uso, > divulgación o > copia del contenido del presente mensaje por persona > distinta del > destinatario sin autorización previa. Si Vd.. no es el > destinatario de este > mensaje y lo ha recibido por error le agradeceríamos que > nos lo comunicara > y que procediera a destruirlo. Además le recordamos que no > está autorizado > a usar, imprimir, copiar o difundir este mensaje. > > > Security warning: > This message may contain confidential information and is > directed > exclusively to its addressee. > We inform you that according to the effective legislation > is prohibited the > use, spreading or copy of the content of the present > message by any person > different from the addressee without previous > authorization. If you are not > the addressee of this message or you have received it by > mistake we would > be thankful if you notify us and delete it. Additionally, > we remind you > that you are not authorized to use,print,copy or spread > this message. > > >               >               >               >               >               >               >             >   >   De:         "Comercial >             >               >              >               >               >               >               >               >               >             >   >   Para:       Una dirección de corro cualquiera, tu que te pensabas. >               >               >               >               >         >               >               >               >               >               >               >             >   >   Fecha:      25/10/2010 11:57 >               >               >               >             >   >   Asunto:     Re:  >               >   > Hola Elsa nos han enviado a arreglar un horno de Fast > Trading el mecanico > ya esta en vuestras instalaciones necesita una > documentación que no sabemos > cúal, para no tener que volver otro día no podeís sacar > el horno de > vuestras instalaciones, lo arreglamos y lo volvemos a > llevar . > > Un saludo > María 










Es decir, que para reparar unas bonitas bisagras hay que rellenar una fantástica autorización de 20 hojas, ¡ bravo!

Repito, todo esto es real como la vida.
A continuación, la parrafada de las bisagras.





SERVICIO DE PREVENCION

Asunto: COORDINACION DE CONTRATAS Y SUB-

CONTRATAS

Nº: PR SP-06

EUI-2.4412.19

Sólo para información

Fecha: 10/05/04

Nivel de revisión : 2

Editado: J.A. Alesón



Aprobado: J.C. Talavera




Fecha

Descripción de la Revisión

09/08/2006

10/01/2008

01/09/2010

1. Actualización de nombres y contenidos según legislación vigente

2. Modificación del contenido en algunos apartados.

3. Se incluye plano identificando las áreas del uso obligatorio EPIS.

TABLA DE DISTRIBUCIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCION

· Primer Nivel de Distribución

(A rellenar por el emisor - Marcar el Dpto. Receptor)

Operaciones

Administración.

Compras

Personal

Ing. Producción

Sist. Calidad







· Siguientes Niveles de Distribución

(A rellenar por cada Dpto. que reparta copias de esta Instrucción Técnica - Indicar los nombres de las personas que vayan a recibir copias antes de hacer copias y repartirlas)

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

1. OBJETO

En cumplimiento del Real Decreto 171/2004 de 30 de enero, este procedimiento tiene por objeto regular la coordinación entre I.A.C, y sus contratistas, incluyendo a los subcontratistas nombrados por los contratistas, que trabajen en las plantas de I.A.C y que son responsables de la construcción / reparación e instalación de edificios, instalaciones y equipos, servicios de mantenimiento, producción o evacuación, respectivamente, de mercancías y materiales.

Mediante el contenido de este procedimiento, se pretende también informar e instruir al personal del contratista, en las normas de seguridad vigentes en la planta.

2. ÁMBITO

Este procedimiento afecta a todos los trabajos a ser realizados en la planta de I.A.C, por empresas contratadas y subcontratadas.

3. DEFINICIONES

3.1. Supervisor de obra o contrata

El contratista designará a una persona cualificada como supervisor de la obra o trabajo a desarrollar. Se entenderá por personal cualificado:

a) Aquel que posee los conocimientos, el entrenamiento y la experiencia necesaria para organizar el trabajo y llevarlo a cabo.

b) El que está familiarizado con todas las leyes, normativas y requerimientos en prevención de riesgos laborales y sabe identificar y prevenir los riesgos del trabajo a desarrollar.

3.2 .Responsable del Trabajo:

El Responsable del Trabajo es el empleado de I.A.C para un trabajo específico contratado (normalmente el responsable del pedido). Tiene también responsabilidad en la prevención de accidentes de dicho trabajo, y es el contacto entre el contratista externo y I.A.C. Está autorizado para dar instrucciones a los contratistas externos y a los departamentos de I.A.C afectados.

3.3. Responsable del Área

El Responsable del Área es alguien en cuya área de responsabilidad se han de ejecutar los trabajos especificados por los contratistas externos. Estas personas pueden ser el Director del departamento, Supervisores generales, Supervisores de Turno, o jefes de equipo.

4. DOCUMENTACIÓN PRELIMINAR

4.1. El Dpto. de Compras, junto a la emisión de una orden de compra, enviará este procedimiento y el anexo correspondiente de la evaluación de riesgos del área de trabajo a la empresa a la cual se ha adjudicado el trabajo.

Si la empresa figura entre las relacionadas en el PR SP-06-anexo por ser empresa de contrato abierto o de trabajo habitual en IAC- Logroño, el procedimiento se le enviara una sola vez, estando la empresa contratada obligada a actualizar su documentación cuando exista variaciones en la misma , como el tipo de trabajo a realizar, los riesgos inherentes al mismo, o los trabajadores asignados para realizarlo…….

En este procedimiento se encuentra la documentación relacionada con la Prevención de Riesgos Laborales que tendrá que aportar el contratista y la información sobre riesgos, normas de seguridad, medidas de prevención y plan de emergencia de I.A.C.

Cuando un trabajo se vaya a realizar previamente a la emisión de la orden de compra, es el Responsable del Trabajo la persona que enviará este procedimiento al contratista.

4.2. Con la suficiente antelación para que puedan ser revisados y registrados el contratista deberá remitir a la empresa los siguientes documentos:

o Relación de trabajadores que van a realizar tareas en nuestras instalaciones y copia de los TC-2 donde figuren.

o Copia de la póliza de Responsabilidad Civil de la empresa.

o Modalidad de organización de la prevención de la empresa.

o Certificados de formación en prevención de riesgos laborales de los trabajadores que van a realizar tareas en nuestras instalaciones, emitidos por una entidad acreditada o por Técnico de Prevención de riesgos de Empresa.

o Copia del certificado de aptitud (resultado de los reconocimientos médicos ) del personal que va a realizar los trabajos en nuestra empresa.

o Acuses de recibo de la entrega de información, y en el caso de ser requerida, de la formación dada a los trabajadores que van a desarrollar los trabajos en relación a los riesgos y medidas preventivas evaluados de la actividad contratada.

o Ficha de Riesgos y Medidas Preventivas Planificadas de la actividad contratada, debidamente cumplimentada, que figura como anexo 3 en este procedimiento.

Dicha documentación será enviada al Responsable del Trabajo de la empresa que procederá a revisarla junto con el Técnico Superior en Seguridad del Servicio de Prevención. Una vez revisada se archivará en el Servicio de Prevención.

Si en la revisión de la documentación surgiera algún problema sobre los riesgos evaluados y las medidas preventivas a aplicar, el Técnico en Seguridad de IAC se pondrá en contacto con la empresa, con el fin de unificar criterios.

Si todo es conforme se le enviara a la empresa contratada el permiso de trabajo, anexo 1 de este procedimiento, que deberá presentar en IAC al inicio del mismo. Sin la presentación de dicho documento no se comenzará el trabajo contratado. Una copia de dicho documento se archivará en el Servicio de Prevención.

A las empresas que figuran en el SP-06-anexo, se les renovará el permiso de trabajo de forma anual una vez revisado por prevención, que toda la documentación necesaria esta actualizada y/o vigente.

4.3. En el caso de que trabajo a realizar está afectado por el Real Decreto 1627/1997, “Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción”:

El contratista realizará un Estudio de Seguridad o Estudio Básico de acuerdo con lo establecido en el RD 1627/97 Artículo 4.

El contenido del estudio se atendrá a lo especificado en los Artículos 5 y 6. En los casos que sea necesario se elaborará un Plan de Seguridad de acuerdo con el Artículo 7 del citado RD.

Está documentación será entregada al Dpto. de Prevención a través del Responsable del Trabajo de I.A.C, como mínimo siete días hábiles antes del inicio de la obra para poder ser analizado y aceptado. El Departamento de Prevención emitirá un informe dándole Vº Bº., al estudio o indicando las modificaciones que hay que realizar en el mismo. Dicho informe se enviará al Contratista y al Ingeniero responsable de los trabajos. Una copia de dicho informe se archivará con el estudio de Seguridad.

5. COORDINACIÓN DE CONTRATAS

.

5.1. Los Responsables del Trabajo de I.A.C., una vez identificados los riesgos y las acciones preventivas correspondientes, vigilarán que los contratistas y sus empleados cumplan con la normativa general de seguridad y con las medidas específicas de prevención establecidas para los trabajos a realizar.

5.2. En el caso de que concurran dos o más empresas en un proyecto, una vez revisada toda la documentación aportada por todas y cada una de las empresas el Dpto de Prevención de I.A.C. convocará a todas ellas a una reunión previa al inicio de los trabajos.

En dicha reunión, cada empresa informará al resto de los trabajos que va a realizar, su ubicación, riesgos, fechas, etc. así como el plan de prevención establecido para esos trabajos.

Si de la información compartida surgiera la necesidad de un plan común de prevención de riesgos, el departamento de Prevención de IAC elaborará dicho plan que será de obligado cumplimiento para los contratistas afectados, debiendo éstos informar a sus trabajadores.

De la reunión se levantará acta firmada por todos los asistentes.

Semanalmente y hasta la terminación del proyecto, o cuando las circunstancias lo requieran tendrá lugar una reunión de seguimiento que convocará el Dpto. de Prevención y de la que también se levantará acta.

5.3. El Dpto. de Prevención de I.A.C, durante la realización de los trabajos contratados, será el responsable de coordinar las actividades de las empresas contratistas con personal propio o subcontratado.

6. NORMAS DE ACTUACIÓN

6.1. SUPERVISIÓN

6.1.1. El supervisor de Obra o contrata estará disponible y localizable en todo momento a lo largo del trabajo. Siempre que sea posible, es preferible que hable el idioma local.

6.2. INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES / INCIDENTES. ACCIONES CORRECTORAS

6.2.1. En caso de cualquier accidente, el Supervisor de Obra deberá informar inmediatamente al Responsable del Trabajo y al Dpto. de Prevención. Además, el Contratista deberá remitir a ambos en el plazo de 24 horas, una notificación escrita conteniendo las acciones correctoras inmediatas y a medio plazo.

6.2.2. En caso de cualquier incidente (un incidente es un suceso peligroso en el que no resultan daños a las personas), el procedimiento deberá ser idéntico al caso de accidente.

6.3. SALIDAS DE EMERGENCIA, PASILLOS DE EVACUACIÓN Y SERVICIO MÉDICO.

6.3.1. Orientación

Antes de iniciar el trabajo, el personal de contrata debe familiarizarse con el plan de evacuación de la planta, así como de la ubicación del edificio, departamento, etc. en el que se han de realizar los trabajos, los pasillos de evacuación y las salidas de emergencia más próximas y el camino más corto al Servicio Médico. Ver anexo 2.

6.3.2. Primeros Auxilios/Atención Médica

Si algún empleado de un contratista sufre un accidente, el Servicio Médico de IAC, le proporcionará los Primeros Auxilios, si ocurre dentro del horario del personal del mismo.

6.4. ALMACENAMIENTO

6.4.1. Los contratistas son responsables del almacenamiento de sus materiales, en aquellas áreas en donde estén trabajando. Se hará especial hincapié en los siguientes aspectos:

a) Mantener el área de trabajo limpia y ordenada.

b) Mantener despejadas puertas, vías y salidas de emergencia.

c) Los materiales deben ser almacenados de forma segura.

6.5. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL.

El Contratista tiene que proporcionar a sus empleados los equipos de protección individual (EPI) necesarios para el trabajo a realizar. El uso y el cuidado de dichos equipos es responsabilidad única del contratista. Todos los equipos de protección individual utilizados, deberán estar certificados y cumplir la normativa vigente en esta materia.

Es obligatorio el uso de los equipos de protección señalizados en las distintas áreas de la empresa. (Ver plano identificativo zonas uso obligatorio EPIS).

6.6. HERRAMIENTAS.

6.6.1. Herramientas Manuales

6.6.1.1. Solo estará permitido el uso de herramientas manuales en buen estado.

6.6.1.2. Las herramientas destinadas a trabajar en atmósferas explosivas, serán del tipo antichispas. .

6.6.1.3. No se abandonarán herramientas sobre andamios, plataformas o superficies situadas encima de posibles zonas de paso o permanencia, para evitar posibles caídas.

6.6.2. Herramientas Eléctricas Portátiles

6.6.2.1. Deberán tener doble aislamiento o conexión a tierra.

6.6.2.2. Las herramientas deberán estar en perfecto estado, cumplir la normativa vigente y ser inspeccionadas periódicamente.

6.6.2.3. Está prohibido alterar o manipular los resguardos o elementos de seguridad de las herramientas.

6.6.2.4. Las herramientas eléctricas no serán utilizadas en atmósferas explosivas a menos que sean del tipo EX.

6.6.2.5 La conexión e las herramientas se realizará con tomas de corriente adecuadas a las salidas normalizadas de los cuadros eléctricos.

6.6.3. Alargaderas y cables eléctricos

6.6.3.1. Deben estar equipados con cable de tierra y, las conexiones, cables, etc., deben mantenerse alejados del agua o superficies húmedas.

6.6.3.2. Está prohibido el uso de alargaderas y cables pelados o con empalmes.

6.6.3.3. Las alargaderas y cables deben protegerse del tráfico de vehículos y aristas cortantes. Deben mantenerse también fuera de pasillos o zonas de paso, para evitar riesgos por tropiezos.

6.6.3.4. Si un panel de distribución de un edificio de obra se usa para alimentar herramientas eléctricas, sus enchufes de fuerza de 220 V deben estar protegidos por interruptores diferenciales de 30 mA.

6.7. EQUIPO E INSTALACIONES

6.7.1. Como norma general, todas las herramientas / equipo necesario tienen que ser aportados por los contratistas. Es responsabilidad del contratista, que todos los equipos e instalaciones utilizados cumplan la normativa vigente y estén en perfectas condiciones. Los empleados del contratista son responsables de inspeccionar sus equipos antes de su utilización. Todo equipo defectuoso debe ser retirado inmediatamente.

6.7.2. Si en determinados casos excepcionales, es necesario que el contratista utilice herramientas / equipo propiedad de I.A.C, puede hacerlo después de aprobación explícita por el departamento competente. El Contratista deberá asegurarse de que el equipo está en funcionamiento seguro.

6.7.3. Si hay necesidad del uso de un puente grúa, es necesario el acuerdo y autorización del Responsable del Área. Si la grúa se ha de usar durante un periodo prolongado, ha de ser operada por su propio personal. En este caso se le pedirá que remita al Dpto. de Prevención un certificado de cualificación del operario.

6.7.4. Está prohibido poner fuera de servicio los dispositivos y funciones de seguridad.

6.8. TRABAJOS EN ALTURA

6.8.1. Para este tipo de trabajo se seguirá estrictamente la legislación vigente en cuanto a medidas de seguridad colectivas o individuales según el trabajo lo requiera.

.

6.8.2. Una vez que haya finalizado el trabajo que requería andamiaje, los andamios han de ser desmontados y retirados inmediatamente.

6.8.4. En caso de utilización de colgantes se han de montar de forma que se evite la caída de materiales o herramientas. Se deben tomar medidas de protección adicionales, (p.e. uso de tableros de aglomerado y/o cubiertas de plástico).

6.9. SEÑALIZACIÓN

Aquellas zonas en que se estén desarrollando trabajos que puedan implicar riegos para terceros, deberán ser señalizadas (mediante carteles, señales, cinta, barreras, etc.) con el fin de impedir el acceso de vehículos o personas.

6.10. VEHÍCULOS INDUSTRIALES

6.10.1. Sólo el personal autorizado y entrenado, podrá manejar estos equipos dentro de I.A.C.

6.10.2. Los operarios deberá cumplir todas las normas de seguridad cuando estén manejando carretillas elevadoras dentro de la planta.

6.10.3. Está prohibido el uso de vehículos propiedad de I.A.C (carretillas, plataformas elevadoras, etc.) sin la debida autorización.

6.11. CAMIONES Y AUTOMÓVILES

6.11.1. En la circulación por la planta es de aplicación el Código de Circulación y las indicaciones o señalizaciones específicas, tanto verticales como horizontales colocadas en la Planta, así como indicaciones efectuadas por el personal de Seguridad o personal autorizado para ello.

6.11.2. La velocidad máxima admitida en las instalaciones de la planta está indicada en las señales de tráfico. Como norma general, se admite para todos los vehículos una velocidad máxima de 10 km/h, dentro de los edificios y 30 km/h en exteriores. No se permite superar una longitud total de camiones con remolque de 15 m. dentro de la nave, y de 18 m en el exterior.

6.11.3. Durante el turno de trabajo normal sólo se permite el uso en el interior de los edificios de vehículos sin motores de combustión (tracciones eléctricas / híbrida). Si excepcionalmente se precisa utilizar vehículo con motor de combustible, el Responsable del Trabajo solicitará al Dpto. de Prevención un permiso especial por un período de tiempo limitado, en el caso de que se tomen las medidas apropiadas, técnicas y/o de organización.

6.11.4. Durante las paradas dentro de planta, se deben apagar los motores y retirar las llaves antes de que el conductor abandone el vehículo.

6.12. AREAS CON PROHIBICIÓN DE FUMAR / ÁREAS CON PROHIBICIÓN DE UTILIZAR TELÉFONOS MÓVILES

6.12.1. Solo se podrá fumar en las áreas autorizadas y expresamente señalizadas.

6.12.2. Se deberán desconectar los teléfonos móviles, en las áreas en que esté indicado.

6.13. USO DE MATERIALES PELIGROSOS

Se deben cumplir las legislaciones y normas de seguridad pertinentes y en concreto

las siguientes:

6.13.1. Siempre que sea posible, el contratista utilizará productos no peligrosos. En el caso de la utilización de productos clasificados como peligrosos, el contratista tendrá disponibles las fichas de datos de seguridad, para su revisión en caso de que le sea requerido.

6.13.2. Los líquidos y productos peligrosos, deben ser almacenados correctamente. El área en donde se almacenen debe estar identificada y correctamente señalizada.

Los contratistas son responsables de identificar y almacenar correctamente, todos los productos peligrosos.

6.13.3. Los productos peligrosos deben estar envasados y etiquetados correctamente según la normativa vigente.

6.13.4. Los líquidos inflamables que se vayan a utilizar durante más de un día, deberán ser almacenados en armarios homologados de líquidos inflamables propiedad del contratista.

6.13.5. Un extintor apropiado deberá estar fácilmente accesible en el área donde se almacenen o se manejen productos inflamables.

6.13.6. La basura, trapos y otros materiales impregnados de líquidos inflamables o combustibles deberán ser diariamente retirados. El almacenamiento temporal puede ser hecho en recipientes apropiados que estén tapados y correctamente etiquetados.

6.13.7. Ante cualquier derrame de productos peligrosos o combustibles, se procederá a contenerlo en la medida de lo posible y se avisará a Seguridad para proceder a su recogida y evitar que alcance la red de pluviales.

6.14. PRODUCTOS SUSCEPTIBLES DE SER INCOMPATIBLES CON EL PROCESO DE PINTURA.

6.14.1. Cualquier tipo de producto o material que vaya a ser utilizado durante los trabajos o instalado de forma permanente en la planta, especialmente en las instalaciones relacionadas con cualquiera de las líneas de pintura, deberá ser compatible con dicho proceso.

6.14.2. En el caso de materiales sobre los que no exista esta seguridad, se comunicará al responsable de IAC del trabajo, el cual deberá solicitar al laboratorio la realización de las pruebas de compatibilidad de pintura, siguiendo el procedimiento PR SP-05.

6.14.3. Los contratistas deberán tener especial cuidado con los materiales más susceptibles de ser incompatibles con los procesos de pintado: siliconas, sellantes, aceites, geles, grasas, adhesivos, aislantes, etc

6.15. TRABAJOS EN TUBERÍAS / CONDUCCIONES

6.15.1. En caso de que se deba realizar algún trabajo en tuberías que contengan líquidos inflamables o gases, el Responsable del trabajo tiene que informar al Departamento de Prevención.

6.15.2. La puesta en servicio y el cierre de cualquier sistema de tuberías solamente se permitirá bajo la supervisión del departamento responsable de I.A.C, después de que haya dado su visto bueno.

6.16. TRABAJOS A SER REALIZADOS SOBRE LOS PUESTOS DE TRABAJO, PASILLOS Y VÍAS DE CIRCULACIÓN DE PLANTA.

6.16.1. Está estrictamente prohibido realizar trabajos por encima de los puestos de trabajo sin la protección adecuada.

6.16.2. Las áreas en las que se ha de realizar trabajos por encima, se cerrarán por medio de barreras, etc. para evitar el acceso no autorizado.

6.16.3. En los trabajos que se hayan de realizar en los pasillos de la planta y vías de circulación se han de tomar las medidas de protección / señalización adecuadas para reducir al mínimo las obstrucciones de tráfico; las medidas se han de acordar con el Dpto. de Prevención.

6.16.4 Cuando se deban realizar trabajos junto a puertas de vehículos industriales, además de señalizarse los trabajos de forma adecuada, se bloquearán las puertas si fuera necesario, previa conformidad de Ingeniería de Planta y el Dpto. de Prevención.

6.17. USO DE LLAMAS ABIERTAS (OPERACIONES DE SOLDADURA, OXI-CORTE, CORTE ABRASIVO, ETC.)

6.17.1. Antes de comenzar a trabajar con llamas abiertas (soldadura, oxi-corte, radial, etc.), se ha de obtener la aprobación de Seguridad o Mantenimiento mediante un permiso de trabajo. Este permiso incluirá las medidas de seguridad a tomar (extintores, mantas ignífugas, reten de vigilancia, etc.)

6.17.2. El permiso de soldadura ha de estar disponible y visible en el lugar de trabajo.

6.17.3. Si el trabajo de corte o soldadura se va a desarrollar en áreas próximas a empleados de I.A.C, el Supervisor de dicho área deberá ser informado.

6.17.4. Este permiso será válido solamente durante un día y para un turno.

6.18.5. Como norma general, en trabajos de este tipo se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) Todos los materiales inflamables o combustibles deben ser retirados como

mínimo a 10 metros del área del trabajo.

b) Todos los materiales inflamables o combustibles que no puedan ser

retirados se cubrirán durante la duración de los trabajos (mediante mantas

ignífugas, etc).

c) Se dispondrá de un extintor adecuado a menos de 5 metros de la zona en

donde se realice el trabajo.

d) En zonas de especial peligrosidad, se deberá mantener vigilancia de la zona durante y, al menos hasta 60 minutos después de terminado el trabajo.

6.18. TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS

Para realizar trabajos en estos recintos, deberá solicitar un permiso de trabajo, y seguir lo dispuesto en la instrucción IT RHS 35, “Trabajos en Espacios Confinados” la cual le será facilitada por el Responsable del Trabajo de I.A.C, o por el Dpto. de Prevención.

6.19. TRABAJOS DE INGENIERÍA CIVIL

6.19.1. Antes de realizar trabajos de demolición en suelos, paredes, techos y/o trabajos de movimiento de tierras / excavación en instalaciones exteriores, es necesario un permiso escrito del departamento implicado (Mantenimiento de Planta, etc.)

6.19.2. Basándose en los planos de líneas de suministro de corriente, y sistemas de tuberías conteniendo gases y líquidos, le deben notificar los departamentos responsables de I.A.C (que le será indicado por el Responsable del trabajo), si hay instalados cables eléctricos y/o tuberías de agua, gas, carburante, aceite, aire comprimido u otras en el área en que tiene que trabajar.

6.19.3. Antes de operaciones de corte en suelos / techos, compruebe que no hay debajo empleados o equipos de producción trabajando, que puedan estar expuestos a peligro. Las áreas bajo una abertura en el techo deben ser cerradas en un área extensa o se debe usar una señalización para protección.

6.19.4. Las obras de construcción (excavaciones, pozos, fosos, aberturas del suelo, etc.) se deben proteger usando barandillas fijas (1 m. de altura), con las correspondientes señales de advertencia e iluminación durante la oscuridad / noche. Si, por razones técnicas, se han retirado las barandillas o cubiertas de protección, se ha de restablecer la seguridad del lugar por una persona responsable cuando se abandone la obra, o al final del último turno. Dependiendo de la clase de peligro, puede ser necesaria la presencia del responsable de prevención de la empresa.

6.20. TRABAJOS REALIZADOS EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS

6.20.1. Si se han de realizar trabajos en equipos / instalaciones eléctricas, se ha de cumplir con la normativa de prevención de accidentes RHS-08, Prevención de Riesgos de Origen Eléctrico” así como con las normas EN / VDE / RD de A. y B.T. actualmente en vigor.

6.20.2. Las interferencias en las instalaciones eléctricas existentes están sujetas a aprobación por I.A.C. Los trabajos a realizar en los sistemas de suministro de corriente se han de hacer solamente de conformidad con las instrucciones del Departamento de Mantenimiento.

En los cuadros de distribución de alimentación y principales, solamente se permite su encendido/apagado con la aprobación del Departamento de Mantenimiento.

6.20.3. Las instrucciones de encendido/apagado, son responsabilidad de los departamentos competentes implicados. Los nombres de las personas autorizadas para dar instrucciones de encendido/apagado, se han de obtener del Responsable del Trabajo.

6.20.4. En principio, solamente se permite realizar trabajos sobre instalaciones sin tensión. Para el control se han de usar medidores de tensión aprobados por EN /VDE/ RD de A. y B.T.

6.20.5. Todo contratista que vaya a realizar cualquier trabajo en las proximidades de cables de alta tensión (a distancia menor de 3 m.), transformadores e interior de Subestaciones, deberá solicitar una autorización específica del Dpto. de Mantenimiento.

6.20.6. Las Subestaciones están en recintos cerrados solo accesibles para personal de Mantenimiento.

6.21. TRABAJOS EN LA PROXIMIDAD DE CANALIZACIONES ELÉCTRICAS PREFABRICADAS.

6.21.1. Para efectuar trabajos en las cajas de derivación, es necesario obtener la autorización de Mantenimiento

6.21.2 Las pletinas de la canalización eléctrica deben guardar una separación fija, ya que en caso contrario se produciría un cortocircuito con la consiguiente explosión eléctrica. Para evitar este riesgo de explosión se deben cumplir las siguientes normas:

· Está prohibido utilizar las canalizaciones eléctricas para andar sobre ellas.

· Está prohibido apoyar las escaleras sobre las canalizaciones.

· Está prohibido utilizar la canalización o las cajas, para apoyarse en ellas como ayuda para subir o bajar a una instalación.

· Está prohibido dejar objetos encima de la canalización.

· Está prohibido modificar o utilizar los soportes de las canalizaciones para otros usos o instalaciones.

6.21.3 De forma general se prohíbe la colocación de cualquier tipo de instalación en el radio de 1 m. alrededor de la canalización. Para cualquier desviación de esta regla es necesario obtener la autorización de Mantenimiento.

6.21.4 Para efectuar cualquier trabajo en la proximidad de canalizaciones eléctricas prefabricadas (2 m. alrededor), es necesario obtener la autorización de Mantenimiento, con objeto de determinar la forma de trabajo para evitar daños y entrada de suciedad a la canalización.

6.22. BEBIDAS ALCOHÓLICAS.

Está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas todo el recinto de I.A.C.

1. RESPONSABILIDADES

Contratista

· Enviar la documentación requerida por la empresa

· Cumplir la Legislación Española especialmente lo establecido en la Ley 31/1995, Ley 54/2003 y Real Decreto 1627/1997, evaluación de riesgos, estudios de seguridad, estudios básicos de seguridad, planes de seguridad y formación específica de los trabajadores.

· Libro de incidencias. Se dispondrá de este documento tal como establece el Art. 13 del R.D. 1627/97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción

· Informar al personal propio y a los subcontratistas de las instrucciones de seguridad de I.A.C.

· Informar al Responsable del trabajo y/o al Dpto. de Prevención antes del comienzo del trabajo y de cualquier incidencia.

· Solicitar los permisos de trabajo pertinentes

· Dar instrucciones y supervisar al personal para el cumplimiento de las normas de seguridad en todas las fases de la obra.

· Tomar medidas directas para eliminar riesgos/accidentes.

· Comunicar los accidentes al coordinador de prevención de accidentes (si lo hubiese) y/o Responsable del trabajo y Dpto. de Prevención.

Departamento de Compras

· Enviar este procedimiento y su anexo al Contratista junto con la orden de compra.

· Incluir en el contrato la obligatoriedad de cumplir la Legislación Española especialmente lo establecido en la Ley 31/1995, Ley 54/2003, Real Decreto 1627/1997 y Real Decreto 171/2004, en materia de evaluación de riesgos, estudios (y estudios básicos) de seguridad, planes de seguridad, formación específica de los trabajadores y coordinación entre empresas concurrentes.

Responsable del trabajo de I.A.C.

· Incluir en las especificaciones las exigencias legales en prevención de riesgos relacionadas con el trabajo solicitado.

· Enviar este procedimiento al contratista en caso de que el trabajo no se solicite a través del dpto. de Compras.

· Informar al Técnico Superior de Seguridad de los trabajos que contratas vayan a realizar en nuestra empresa, con tiempo suficiente a la fecha real de realización de los mismos.

· Entregar al Técnico Superior en Seguridad la documentación solicitada al contratista para su valoración conjunta .

· Autorizar conjuntamente con el Técnico de Seguridad el trabajo.

· Conocer los Estudios de Seguridad, Estudios Básicos o Planes de Seguridad incluidos en el proyecto.

· Tomar medidas para prevenir inmediatamente los riesgos.

· Informar al Responsable de Área.

· Detener el trabajo en caso de incumplimiento de los reglamentos de prevención de accidentes.

· Solicitar los permisos necesarios descritos en el procedimiento.

· Informar a Seguridad sobre los trabajos que se han de efectuar en tuberías que contengan líquidos y gases combustibles.

Responsable de Área

· Promover medidas para la eliminación inmediata de riesgos.

Mantenimiento

· Dar el permiso para los trabajos que se hayan de efectuar en los sistemas de suministro de corriente.

· Desconectar/apagar los puntos de suministro y sistemas de distribución principal.

· Autorizado exclusivamente para encender/apagar los sistemas de distribución principal.

· Concesión de los permisos de soldadura requeridos.

Dpto. de Prevención

· Valorar junto con el Responsable del Trabajo la documentación aportada por el contratista, registrar la misma y autorizar el trabajo.

· Coordinar las diferentes contratas cuando sea necesario.

· Asesorar a los Dptos. de I.A.C. en materia de seguridad, normas internas, legislación, etc.

· Tomar medidas para la eliminación inmediata de cualquier riesgo.

· Autorización de trabajos en espacios confinados

· Concesión de los permisos de soldadura requeridos.

· Desconexión/conexión de los sistemas contra incendios.

· Confección de los pases de acceso a Planta.

· Conocer y aprobar los estudios, Estudios Básicos y Planes de seguridad de las obras.

· Asesorar en el nombramiento del coordinador de proyecto y/o coordinador de seguridad en obra en aquellos proyectos que lo exijan.

· Realizar inspecciones de seguridad individuales y conjuntas.

· Realización de actas con infracciones.

· Detener el trabajo en caso de existir riesgo grave e inminente

· Evaluar el Nivel de Seguridad de las Contratas.

· Promover medidas para la eliminación inmediata de riesgos.

· Coordinar actividades con la autoridad laboral.

· Atención y tratamiento de Primeros Auxilios y Accidentes.

8. LEGISLACIÓN APLICABLE EN LOS TRABAJOS DE CONTRATAS

  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE nº 269, de 10 de noviembre de 1995).

· RD 1627/92 de 24 de Octubre. Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción.

  • Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de Señalización de Seguridad y Salud en el Trabajo (BOE de 23 de abril).
  • Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud de los Lugares de Trabajo (BOE de 23 de abril).
  • Real decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas a la Manipulación Manual de Cargas que entrañen riesgos, en particular dorso-lumbares, para los trabajadores (BOE de 23 de abril).
  • Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la Protección de los Trabajadores contra Incendios Relacionados con la Exposición a Agentes Cancerígenos durante el trabajo (BOE nº 124 de 24 de mayo).
  • Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas a la Utilización por los Trabajadores de Equipos de Protección Individual (BOE nº 140, de 12 de junio).
  • Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la Utilización por los Trabajadores de Equipos de Trabajo (BOE nº 188, de 7 de agosto de 1997).
  • Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Ámbito de las Empresas de Trabajo Temporal (BOE nº 47, de 24 de febrero).
  • Real Decreto 374/2001 de 6 de Abril, sobre la protección de la Salud y Seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
  • Real Decreto 614/2001, de 8 de Junio, sobre disposiciones mínimas para le protección de la Seguridad y Salud de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
  • Real Decreto 786/2001, de 6 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
  • Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
  • Real Decreto 99/2003, de 24 de Enero, por el que se modifica el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el RD 363/1995, de 10 de Marzo..
  • Ley 54/2003 de Reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales.
  • Real Decreto 171/2004 de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.


ANEXO 1. PERMISO DE TRABAJO.

INTERNATIONAL AUTOMOTIVE COMPONENTS GROUP, S.L.

Permiso de Trabajo

de Contratista

Fecha Inicio


Fecha Finalización


Número de Personas en Planta


Hora


Hora


Nombre de la Empresa


Nombre del Representante del Contratista


Teléfono #


Nombre del Supervisor de Obra


Teléfono #


Trabajo(s) a realizar

.

Se requieren permisos adicionales para trabajos de corte y soldadura y trabajos en espacios confinados. SI NO

El Responsable del trabajo de IAC y su Técnico Superior de Seguridad le comunican:

  • Que una vez recibida la documentación que se le ha requerido en relación a la COORDINACÓN DE EMPRESAS EN EL AMBITO DE LA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES y siendo esta conforme, queda autorizado para la realización del trabajo para el que ha sido contratado por esta empresa.
  • Así mismo le recuerdan la obligatoriedad del cumplimiento de la legislación vigente y normativa interna de IAC, en relación a la prevención de riesgos laborales.
  • En el caso de que durante la ejecución del trabajo surja alguna circunstancia que modifique las condiciones bajo las que se ha emitido este documento deberá ser notificado de inmediato a los responsables de la empresa para su valoración.

Responsable del trabajo de I.A.C


Firma


Fecha


Dpto. de Prevención de I.A.C


Firma


Fecha


§ Este Permiso debe ser presentado al comienzo del trabajo al responsable del mismo en IAC.

.

Este Permiso es válido hasta el final del trabajo siempre que no cambien las condiciones en las cuales se ha expedido. Las empresas con contrato abierto deben renovar este permiso anualmente y siempre que existan cambios en las condiciones de trabajo y/o en el personal que lo realiza.

















ANEXO Nº 2. PLAN DE EMERGENCIA

PLAN DE EMERGENCIA

EN CASO DE EMERGENCIA:

Toda persona que descubra un conato de incendio o cualquier situación que potencialmente implique un riesgo para el edificio o para las personas que están en el, deberá avisar a Seguridad, llamando a los teléfonos internos 100 ó 142.

Existen dos situaciones evidenciadas por alarma: preevacuación y evacuación de la planta.

En la preevacuación, sonará una sirena especial (tipo policía), con una duración aproximada de 20 segundos. En este caso el personal dejará su trabajo y se dirigirá a los pasillos dispuesto a evacuar la planta en caso de necesidad.

En la evacuación, sonará una sirena intermitente con una duración aproximada de 20 segundos. En este caso, se deberá abandonar el edificio y acudir al punto de reunión de contratas, situado en el exterior de la planta e identificado con un letrero.

Para ello debe utilizar las SALIDAS DE EMERGENCIA siguiendo las señales indicadoras que le dirigirán hacia ellas. Durante la evacuación tenga siempre presentes las instrucciones que figuran a continuación.

Como regla general, cuando entre en cualquier edificio de la fábrica en el cual no hubiera estado antes, observará la situación de las SALIDAS DE EMERGENCIA, así como los caminos que llevan a ellas. Para ello, fíjese en las señales indicadoras colocadas a tal efecto.

INSTRUCCIONES PARA TODO EL PERSONAL EN CASO DE

ALARMA DE EVACUACIÓN

VD. DEBE

1. Para de trabajar inmediatamente.

2. Desconectar las máquinas dependientes de cada uno.

3. Retirar posibles obstáculos del área de trabajo individual.

4. Cerrar cajones de mesa y archivos.

5. Dirigirse ordenadamente y con calma hacia la SALIDA DE EMERGENCIA que se le ha asignado y, si se encuentra fuera de su lugar habitual de trabajo, hacia la salida más próxima.

6. Seguir las señales indicadoras.

7. Evitar aglomeraciones y seguir las instrucciones que se vayan dando

8. Dirigirse, ya en el exterior, al punto de reunión que le corresponda.

9. Permanecer en el punto de reunión hasta que se le autorice a regresar a su lugar de trabajo.

10. Actuar con calma.

VD. NO DEBE:

1. Correr.

2. Rezagarse.

3. Gritar, reír, hacer ruido innecesario.

4. Crear confusión.

5. Quedarse en los lavabos o lugares cerrados.

6. Regresar en busca de objetos olvidados.

7. Violar las normas de evacuación del edificio.

8. Titubear al ejecutar las instrucciones.

ANEXO 3 . FICHA DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DE LA ACTIVIDAD CONTRATADA

EMPRESA CONTRATADA:

RESPONSABLE DEL TRABAJO:

TLF. DE CONTACTO:

FECHA INICIO TRABAJOS:

DURACIÓN :

HORARIO:

TAREAS A DESARROLLAR EN LA ACTIVIDAD CONTRATADA:

LUGARES DE TRABAJO - CONDICIONES PELIGROSAS DE LOS TRABAJOS A EFECTUAR

1. TRABAJOS EN ALTURA / SUSPENDIDOS (h> 2 m.)


8. CON NECESIDAD DE BALIZAR AREA DE TRABAJO


2. TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS


9. SE VAN A OCASIONAR DESNIVELES O HUECOS


3. TRABAJOS EN ESPACIOS RIESGO INCENDIO / EXPLOSION


10. PROXIMIDAD A ZONAS DE PASO DE VEHÍCULOS


4. TRABAJOS CON OCUPACIÓN DE VIALES / VÍA PÚBLICA


11. TRABAJOS EN ESPACIOS DE DIFICIL EVACUACIÓN


5. UTILIZACIÓN ESCALAS / ESC. MANO / ANDAMIOS


12. ALMACENAMIENTOS CON RIESGO DE CAÍDA


6. TRABAJOS SOBRE PARAMENTOS DE BAJA RESISTENCIA


13. EXISTENCIA DE CARGAS SUSPENDIDAS


7. EMPLEO DE EQUIPOS MÓVILES EN ZONAS DE TRABAJO


14. OTROS

ENERGÍAS UTILIZADAS - CONDICIONES PELIGROSAS

ELECTRICIDAD

NEUMÁTICA

HIDRÁULICA

OTRAS: .................................

NO HAY INTERVENCIÓN o

INTERVENCIONES BÁSICAS o

OPER. MANTENIMIENTO o

NO HAY INTERVENCIÓN o

INTERVENCIONES BÁSICAS o

MANTENIMIENTO o

NO HAY INTERVENCIÓN o

INTERVENCIONES BÁSICAS o

MANTENIMIENTO o

NO HAY INTERVENCIÓN o

INTERVENCIONES BÁSICAS o

MANTENIMIENTO o

Nivel de riesgo eléctrico que requiere TRABAJADORES AUTORIZADOS o TRABAJADORES CUALIFICADOS o

EQUIPOS DE TRABAJO - CONDICIONES PELIGROSAS DE LOS EQUIPOS A UTILIZAR

RELACIÓN DE EQUIPOS QUE SE VAN A UTILIZAR:




CLASIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO QUE SE VAN A UTLIZAR

1. USO DE EQUIPOS DE ALTO RIESGO (Anexo IV RD 1435/92)


5. ÚTILES MANEJO MECÁNICO DE CARGAS


2. UTILIZACIÓN DE HERRAMIENTA ELÉCTRICAS


6. HERRAMIENTAS MANUALES


3. VEHÍCULOS AUTOMOTORES


7. EQUIPOS DE SOLDADURA, SOPLETES, ...


4. EQUIPOS MANUTENCIÓN DE CARGAS


8. OTROS:

CONDICIONES OPERATIVAS DE LOS EQUIPOS QUE SE VAN A UTLIZAR

1. NO SE REQUIERE INTERVENCIÓN ELEMENTOS MÓVILES / PELIGROSOS PARA EFECTUAR LAS TAREAS


3. SE REQUIERE INTERVENCIÓN SOBRE ELEMENTOS MÓVILES / PELIGROSOS PARA EFECTUAR LAS TAREAS


2. ESLINGADO Y MANUTENCIÓN DE CARGAS


4. INTERVENCIONES SIN POSIBILIDAD DE CONSIGNAR o


5. POSIBILIDAD DE OCASIONAR PROYECCIONES DE FRAGMENTOS O PARTÍCULAS


6. POSIBILIDAD DE DESPLOME O CAIDA DE OBJETOS


7. OTRAS OPERACIONES PREVISIBLES CON RIESGO ESPECIAL (atascos, reparaciones mantenimiento...):










PRODUCTOS QUÍMICOS - CONDICIONES PELIGROSAS

RELACIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS QUE SE UTILIZAN Y PELIGROS DE LA ETIQUETA:






CONDICIONES OPERATIVAS RELACIONADAS CON EL MANEJO DE PRODUCTOS QUIMICOS

1. OPERACIONES DE TRASVASE


6. OPERACIONES DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO


2. MEZCLAS DE PRODUCTOS / SUSTANCIAS


7. DESARROLLO DE REACCIONES QUÍMICAS, SINTEXIS, DESTILACIONES, ...


3. CREACIÓN DE ATMÓSFERAS POTENCIALMENTE EXPLOSIVAS.


8. POSIBILIDAD DE PRODUCIR DERRAMES DE CANTIDADES SIGNIFICATIVAS DE PRODUCTO


4. EMPLEO DE PRODUCTOS COMERCIALES DE USO DOMÉSTICO EN RECIPIENTES PEQUEÑOS (V<>


9. GENERACIÓN DE VERTIDOS, MANEJO DE RESIDUOS, MANIPULACIÓN DE ENVASES VACIOS


5. MANEJO DE RECIPIENTES A PRESIÓN


10. OTRAS OPERACIONES:

FACTORES DE HIGIENE INDUSTRIAL / ERGONOMÍA

EXPOSICIÓN A CONTAMINANTES QUÍMICOS: Agentes químicos o Agentes Cancerígenos o Metales o Fibras o Cloruro de Vinilo o

EXPOSICIÓN A AGENTES FÍSICOS: Ruido o Vibraciones o Estrés térmico o R. ionizantes o R. no ionizantes o

EXPOSICIÓN A AGENTES BIOLÓGICOS (actividad clasificada por R.D. 664/1997): Manipulación deliberada o Exposic. Previsible o

CONDICIONES ERGONOMICAS: Trabajador usuario de pantallas o Manipulación manual de cargas con riesgo (R.D. 487/1997) o

INDICACIONES SOBRE LAS CONDICIONES PELIGROSAS IDENTIFICADAS:

EMERGENCIAS - CONDICIONES PELIGROSAS A CONSIDERAR

1. TRABAJOS EN SOLITARIO


4. OPERACIONES CON RIESGO QUÍMICO


2. TRABAJOS EN CALIENTE CON RIESGO DE INCENDIO


5. DIFICULTADES PARA EVACUAR ACCIDENTADOS


3. NO SE DISPONE SISTEMA DE COMUNICACIÓN


6. SE REQUIERE ASISTENCIA MÉDICA ESPECIAL